Registro Mercantil de Murcia

En el Registro Mercantil de Murcia, podrás solicitar todos los tramites a través de nuestra web. Accede a cualquiera de los servicios que ofrece el registro mercantil.

Registro Mercantil de Murcia

Como Solicitar  

Puedes solicitar los documentos oficiales, que se detallan, directamente del Registro Mercantil de Murcia sin tener que desplazarte sus instalaciones. Para ello únicamente debes seleccionar el certificado que necesitas, cumplimentar el formulario, realizar el pago correspondiente y recibirás en el plazo indicado en tu correo el Certificado solicitado.

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Solicitar Nombre Sociedad

Certificado Negativo de Denominación Social

Certificado registro mercantil para firma digital

Solicitar Estatutos Sociales

Solicitar Cuentas Anuales

Certificado electrónico (cotejable por csv) reciente (15 días previos) del registro mercantil relativo a los datos de constitución y personalidad jurídica de la sociedad.

Únicamente debes cumplimentar los datos que se solicitan y te enviaremos el documento oficial a tu correo electrónico,

Finalmente lo podrás imprimir y presentar en cualquier tipo de organismo, ya que esta firmado digitalmente, por el registrador mercantil, que hayas solicitado.

Dirección Registro Mercantil Murcia

Avda. Teniente Montesinos, 8 Torre «Z» – 1ª y 2ª plantas Avda. Teniente Montesinos, 8 – Torre Z, plantas 1 y 2, 30100

Teléfono Registro Mercantil Murcia

968 23 79 58

Horario Registro Mercantil Murcia

De Lunes a Viernes de 09:00 a 17.00 horas

Registro Mercantil de Murcia , Plazo de Entrega

En un plazo entre 36 horas y 72 horas en días laborales, si hubiese un plazo superior se te indicará en la solicitud.

Puedes realizar el pago, con tarjeta, paypal o transferencia bancaria. Si eres empresa, puedes solicitarnos por anticipado la factura, para realizar la transferencia bancaria

Si  necesitas ampliar información contacta con nuestro  teléfono 91 141 32 65, o a nuestro correo tramites@tramitesenlinea.es

Certificado del Registro Mercantil de Murcia

Los certificados que emite el Registro Mercantil de Murcia, pueden ser de varios tipos:

Certificación Genérica

Contiene los datos básicos Razón Social, Objeto Social, Capital, CIF, Cargos Vigentes (administradores, cargos, apoderados y socios), todos los asientos vigentes que haya realizado la sociedad, detalle de los libros oficiales presentados y Cuentas Anuales Depositadas.

Certificación para la emisión de Certificados electrónicos de Representante de Persona Jurídica

Para la acreditación del representante de una sociedad, ante una entidad emisora de certificados digitales, es necesario solicitar una certificación para la emisión de Certificados electrónicos de Representante de Persona Jurídica.

En esta certificación, deberá ser expedida los quince días anteriores a la fecha de solicitud, sin computar sábados, domingos y festivos.

Los certificados emitidos por la Fabrica Nacional de Moneda y Timbre FNMT, la Agencia Tributaria AEAT, actuara como Oficina de Registro para la acreditación de la identidad.

Certificación de Titularidades Reales

Con la Certificación de Titulares Reales, obtendrá la información actualizada sobre las titularidades reales de las sociedades mercantiles. Indica las personas físicas que tiene el control de la empresa de manera directa o indirecta.

Todas las sociedades, están obligadas a incluir la identificación del titular real, cuando se presenten las cuentas anuales.

Reglamento del Registro Mercantil de Murcia

El Registro Mercantil es público y es obligación del Registrador, gestionar el contenido de los asientos registrales, para que sea efectiva su publicidad directa y no sea posible su manipulación.

El registrador dará publicidad mediante nota simple informativa, o certificación de todos o algunos de los datos contenidos en los asientos registrales.

Los registradores mercantiles, calificarán del cumplimiento de las normas vigentes en las solicitudes en masa o que puedan afectar a los datos personales, que aparezcan en los asientos registrales.

El Ministerio de Justicia o la autoridad componente autonómica realizará el nombramiento de los Registradores Mercantiles.

¿Cuál es el procedimiento para registrar una sociedad en el Registro Mercantil de Murcia?

Después de obtener la denominación de la sociedad en el Registro Mercantil Central, se procede a la redacción de una escritura pública ante un Notario. Posteriormente, se lleva a cabo la inscripción en el Registro Mercantil de Murcia mediante la presentación de la primera copia de dicha escritura de constitución, junto con el certificado de denominación protocolizado en la escritura y el comprobante de pago del Impuesto de Operaciones Societarias.

En el Registro Mercantil de Murcia, se requiere presentar la siguiente documentación:

  1. CIF provisional.
  2. Primera copia de la escritura de constitución.
  3. Liquidación del impuesto de Transmisiones Patrimoniales.
  4. Para cooperativas: tres copias simples y una copia autorizada del acta de la asamblea constituyente, copia autorizada simple de la escritura y declaración de la actividad a desarrollar.
  5. Para S.A.L y S.L.L.: Acreditación de inscripción en el Registro Administrativo de S.A.L. y S.L.L., así como certificación acreditativa de la calificación.

Es obligatoria la inscripción en el Registro Mercantil de Murcia para los siguientes sujetos:

  1. El naviero empresario individual.
  2. Las sociedades mercantiles.
  3. Las sociedades de garantía recíproca.
  4. Las cooperativas de crédito, las mutuas y cooperativas de seguros, y las mutualidades de previsión social.
  5. Las sociedades de inversión colectiva.
  6. Las agrupaciones de interés económico.
  7. Las cajas de ahorro.
  8. Los fondos de inversión.
  9. Los fondos de pensiones.
  10. Las sucursales de cualquiera de los sujetos anteriormente indicados.
  11. Las sucursales de sociedades extranjeras y de otras entidades extranjeras con personalidad jurídica y fin lucrativo.
  12. Las sociedades extranjeras que trasladen su domicilio a territorio español.
  13. Las demás personas o entidades establecidas por las Leyes.

Además, podrán inscribirse las sociedades civiles, independientemente de su objeto, aunque no tengan forma mercantil.

Actividad Económica de Murcia

La actividad económica de Murcia se caracteriza por una combinación de sectores tradicionales y emergentes. La agricultura juega un papel crucial en la economía de la región, siendo conocida por su producción de frutas, hortalizas y productos agrícolas de alta calidad. Los campos de cultivo y huertos extensos son una vista común en el paisaje murciano, y la región es apodada la «Huerta de Europa» debido a su gran contribución al suministro de alimentos en el continente.

Además de la agricultura, Murcia ha experimentado un crecimiento en el sector de servicios y turismo. Las playas a lo largo de la costa mediterránea atraen a turistas nacionales e internacionales, generando empleo y oportunidades en la hostelería y el ocio. La ciudad de Murcia también cuenta con una universidad destacada y una población estudiantil en crecimiento, lo que impulsa la economía local y fomenta la innovación.

En cuanto a los tipos de empresas, en Murcia se pueden encontrar desde pequeñas empresas familiares hasta grandes corporaciones. La mayoría de las empresas están orientadas hacia la agricultura, la agroindustria y el comercio. Las cooperativas agrícolas son comunes, permitiendo a los agricultores unirse para maximizar la eficiencia y la competitividad en el mercado.

Entre las actividades empresariales más relevantes en Murcia, se destaca la producción y exportación de frutas y verduras frescas, como lechugas, tomates y cítricos. También es significativa la fabricación de productos alimenticios procesados, así como la industria de bebidas. El turismo, como se mencionó anteriormente, es otro sector de gran importancia, impulsando la hostelería, el comercio y los servicios relacionados.

Listado de Inscripciones Obligatoria para sociedades

1.º La constitución de la sociedad, que necesariamente será la inscripción primera.

2.º La modificación del contrato y de los estatutos sociales, así como los aumentos y las reducciones del capital.

3.º La prórroga del plazo de duración.

4.º El nombramiento y cese de administradores, liquidadores y auditores. Asimismo habrá de inscribirse el nombramiento y cese de los secretarios y vicesecretarios de los órganos colegiados de administración, aunque no fueren miembros del mismo.

La inscripción comprenderá tanto los miembros titulares como, en su caso, los suplentes.

5.º Los poderes generales y las delegaciones de facultades, así como su modificación, revocación y sustitución. No será obligatoria la inscripción de los poderes generales para pleitos o de los concedidos para la realización de actos concretos.

6.º La apertura, cierre y demás actos y circunstancias relativos a las sucursales en los términos previstos en los artículos 295 y siguientes.

Obligación de presentación de Cuentas Anuales

Las sociedades anónimas, limitada, comanditarias por acciones y garantía reciproca, sus administradores, están obligados a dar publicidad de sus cuentas anuales, realizando su deposito en el Registro Mercantil, de su domicilio social en un plazo de 30 días después de su aprobación.

Documentos a presentar en las Cuentas Anuales

  • Solicitar firmada del representante.

  • Certificación del acuerdo del órgano social, con las firmas legitimadas por el notario que contenga el acuerdo de aprobación de las cuentas y como se ha aplicado su resultado.

  • Informe de Gestión

  • Auditoria, si procede.

  • Informe detallado de acciones propias.

  • Balances Situación y Perdidas y Ganancias

Cierre del Registro por falta de depósito de cuentas.

Si pasado un año, desde el cierre del ejercicio, sin que se haya practicado en el Registro Mercantil, del deposito de las cuentas anuales, el registrador no inscribirá ningún documento posterior a dicha fecha, hasta que se subsane dicho deposito.

Solo se inscribirán los ceses o dimisión de Administradores, Gerentes, directores generales y la renovación o renuncia de poderes. También podrá inscribirse la disolución de la sociedad, nombramiento de liquidadores o los ordenados por la autoridad judicial.

Obligación de Legalizar los Libros Obligatorios

Los libros obligatorios que deben llevar los empresarios, según las disposiciones legales vigentes, se debe legalizar obligatoriamente en el Registro Mercantil.

Los libros que se vayan a legalizar, deberán indicar si se encuentra en blanco o si se han mecanizado mediante la encuadernación de las hojas, indicando el numero de folios y hojas que lo componen.

Además deberán indicar fecha de apertura y cierre de los mismos.

El plazo de presentación es de 30 días, posterior a la confección por parte del administrador de la sociedad de los mismos, que deberá ser el 31 de Marzo de cada año, por lo que la presentación se realizará antes del 30 de Abril.

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