Certificado Contratistas y Subcontratistas

Qué implica el certificado de contratistas y subcontratistas y cuál es su propósito

El certificado contratistas y subcontratistas: información esencial a considerar

La normativa tributaria general establece que aquellas personas que realicen contrataciones o subcontrataciones para llevar a cabo trabajos o brindar servicios vinculados a su actividad económica principal, tendrán responsabilidad sobre las obligaciones tributarias asociadas a los impuestos que deben ser recaudados o las cantidades que deben ser retenidas a trabajadores, profesionales u otros empresarios en relación a las obras o servicios sujetos a dicha contratación o subcontratación.

Esta responsabilidad engloba las obligaciones tributarias del contratista o subcontratista que se generen durante el período de vigencia del contrato de contratación o subcontratación, y que estén vinculadas a los siguientes aspectos: Impuestos que deben ser recaudados. Importes que deben ser retenidos a trabajadores, profesionales u otros empresarios.

En esta publicación se detallará de manera profunda qué es el certificado de contratistas y subcontratistas, a quién aplica, cómo tramitarlo, qué información contiene, y más.

¿Qué se entiende por el certificado de contratistas y subcontratistas?

Este documento brinda garantía a todas las personas que decidan contratar o subcontratar a un trabajador, profesional o empresario para llevar a cabo tareas o prestar servicios siempre y cuando estén relacionados con su actividad.

La Ley General Tributaria establece que aquellos que contratan (o subcontratan) un determinado servicio son responsables subsidiarios de la deuda que podría generarse si el contratado no cumple con la obligación de pagar a la Hacienda el impuesto correspondiente derivado de la actividad realizada.

Mediante la emisión de este certificado se verifica si estás al día o no con tus responsabilidades tributarias, de acuerdo con lo establecido en el artículo 74.1 del Reglamento General que regula las acciones y procesos de gestión e inspección tributaria, así como el desarrollo de las normas comunes de los procedimientos de aplicación de los tributos, aprobado por el Real Decreto 1065/2007, del 27 de julio. Esto se efectúa con el fin de cumplir con lo previsto en el artículo 43.1.f) de la Ley 58/2003, del 17 de diciembre, conocida como la Ley General Tributaria.

¿Quién requiere el certificado de contratistas y subcontratistas?

Tanto la solicitud del certificado a la Agencia Tributaria como su exigencia se están convirtiendo en trámites cada vez más comunes y fundamentales para la gestión de relaciones laborales, en especial en el contexto de la contratación o subcontratación de servicios.

Cualquier profesional, puede solicitar a la administración tributaria el certificado de contratistas y subcontratistas como una manera de garantizar su capacidad a la hora de optar por nuevos proyectos. Sin embargo, la persona o entidad que planea contratar el servicio no tiene la facultad de solicitar dicho certificado a la Hacienda.

Solo el contratante tiene el permiso para acceder a los datos relacionados con su actividad que son resguardados por la Agencia Tributaria. Además, es el contratante quien efectúa el pago y, por consiguiente, requerirá que le presente el certificado para protegerse de la responsabilidad subsidiaria en caso de que el contratado no pague sus impuestos.

Es relevante enfatizar que solo quien contrata puede solicitar el certificado si la subcontratación está vinculada con su actividad principal (por ejemplo, un constructor puede solicitarlo a un carpintero, pero no a un profesor autónomo que imparte clases particulares a su hijo). El certificado libera al pagador de responsabilidad, pero este último no puede solicitarlo directamente a la Agencia Tributaria; en su lugar, debe pedir al contratado o subcontratado que lo presente.

Contenido del certificado

El certificado positivo confirma que el receptor está al día en sus pagos y no posee deudas tributarias pendientes que se remonten a los 12 meses previos.

Por lo tanto, este certificado se convierte en una garantía para el contratante, asegurando que el contratado continuará cumpliendo con sus obligaciones tributarias. No obstante, si el contratista no cumpliera con estas obligaciones, el pagador, aunque tenga el certificado en su poder, no asumirá responsabilidad alguna.

El certificado emitido por la Hacienda puede ser:

Positivo

, indicando que se encuentra al día en sus obligaciones tributarias.

Negativo:

Indicando alguna de las siguientes razones:

  • Deudas pendientes por parte del solicitante.
  • Falta de presentación de declaraciones por parte del solicitante.
  • Inhabilitación del solicitante para recibir subvenciones o ayudas públicas según sentencia firme.
  • Inhabilitación del solicitante para recibir subvenciones o ayudas públicas por sanción administrativa.
  • Baja en el registro tributario del solicitante
  • La razón más común es, naturalmente, la acumulación de deudas pendientes; no obstante, también puede deberse a la falta de presentación de declaraciones correspondientes o a una condena por delito fiscal.

Obtención del certificado de contratistas y subcontratistas Existen varias formas de solicitarlo:

  1. Online, a través de la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria. Se requiere una firma electrónica avanzada (certificado electrónico o DNIe), o se puede emplear Cl@ve PIN. Si el resultado es positivo, el certificado se generará de inmediato. En caso de un resultado negativo, se podrá recoger el certificado en la sección «Recogida» en un plazo de tres a cinco días hábiles a partir de la solicitud.
  2. En las oficinas de la Agencia Tributaria, completando el formulario (01C), que debe incluir los datos de identificación del solicitante y del pagador o pagadores. El certificado se enviará al solicitante siguiendo una de las siguientes opciones:
  • Dirección señalada en la solicitud.
  • Dirección electrónica si se ha suscrito al Servicio de Notificaciones Telemáticas Seguras.
  • Dirección utilizada para notificaciones en los modelos 030/036/037. Fiscal

Quién debe solicitar el certificado

Tanto el subcontratado como la empresa contratante pueden solicitarlo en línea con un certificado digital o Cl@ve PIN. La empresa contratante también puede requerir que el contratista o subcontratista le provea del certificado, y verificar a través del sitio web de la Agencia Tributaria que el certificado recibido sea válido, introduciendo un código electrónico de emisión único para cada documento.

Duración del certificado de contratistas y subcontratistas La vigencia de este certificado es de 12 meses desde su emisión.