Registro Mercantil · Administrador de sociedad

Certificado de Administrador del Registro Mercantil Online

Acredita el nombramiento y la vigencia de tu cargo como administrador, y la vigencia de la propia sociedad, en un único documento oficial que te enviamos por correo electrónico.

  • 59 € con impuestos incluidos
  • Entrega en un máximo de 5 días hábiles
  • Firmado por el Registrador, con CSV verificable

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Contenido revisado por Juan del Pino, Asesor Tributario AECE.

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¿Qué es el certificado de administrador del Registro Mercantil?

El certificado de administrador del Registro Mercantil es el documento firmado por el Registrador Mercantil que acredita quién es el administrador de una sociedad y que su nombramiento sigue vigente en la fecha de expedición. Sirve para cualquiera de los modos de organizar la administración que prevé el artículo 210 de la Ley de Sociedades de Capital: administrador único, solidarios, mancomunados o consejo de administración.

¿Para qué tipo de administrador sirve?

Administrador único

Acredita que eres la única persona con capacidad de representar a la sociedad.

Administradores solidarios

Acredita que cualquiera de ellos puede actuar por separado en nombre de la sociedad.

Administradores mancomunados

Acredita quiénes son y que deben actuar conjuntamente.

Consejo de administración

Acredita la composición vigente del consejo y, si aplica, el cargo de consejero delegado.

¿Para qué sirve este certificado?

Certificado digital FNMT

Acreditar el cargo y la sociedad al solicitar o renovar el certificado digital de persona jurídica.

Bancos, notarías y Hacienda

Acreditar tu representación legal.

Contratos mercantiles

Firmar contratos en nombre de la sociedad.

Licitaciones públicas

Participar en licitaciones y concursos.

Cómo solicitarlo

Rellenas el formulario

Datos de la sociedad y del administrador.

Pagas online

Tarjeta, PayPal o transferencia.

Lo recibes en tu correo

PDF firmado digitalmente, en máx. 5 días hábiles.

Preguntas frecuentes sobre el certificado de administrador

¿Qué diferencia hay entre este certificado y el de vigencia y cargos?

Son el mismo tipo de documento del Registro Mercantil: una certificación firmada por el Registrador con los datos de la sociedad y de los cargos. Esta página se centra en acreditar el cargo de administrador, único, solidario, mancomunado o de consejo, y la de vigencia y cargos en acreditar la representación ante bancos y licitaciones.

¿Incluye también la vigencia de la sociedad?

Sí. Además del nombramiento y la vigencia del cargo del administrador, el certificado recoge que la sociedad está vigente, es decir, que no está disuelta ni cancelada. Con un único documento acreditas ambas cosas, firmado por el Registrador Mercantil y con CSV para que cualquier organismo compruebe su autenticidad.

¿Sirve si somos varios administradores solidarios?

Sí. Se emite indicando a todos los administradores solidarios inscritos y su capacidad de actuar por separado. En el formulario indicas el cargo y los datos del administrador para el que lo necesitas, y el certificado recoge lo que conste inscrito en el Registro Mercantil en el momento de la expedición.

¿Y si los administradores son mancomunados?

Sí. El certificado indica que los administradores mancomunados deben actuar conjuntamente, según conste inscrito en el Registro Mercantil. Si vas a usarlo para un trámite en el que deben intervenir todos, conviene consultar antes los estatutos de la sociedad para saber quién tiene que acudir o firmar.

¿Cuánto tarda y qué plazo de uso tiene?

El plazo máximo de entrega es de 5 días hábiles desde la solicitud, por correo electrónico. El plazo de uso depende de quién te lo pida: la FNMT, por ejemplo, exige que se haya expedido en los 15 días hábiles anteriores a la acreditación de identidad en la oficina de registro. Conviene pedirlo cerca de la fecha de presentación.

¿Sirve para solicitar el certificado digital de la FNMT?

Sí. Es uno de los documentos con los que se acredita ante la FNMT el nombramiento y la vigencia del representante de la sociedad, y los datos de la propia sociedad. Debe haberse expedido en los 15 días hábiles anteriores a la acreditación de identidad en la oficina de registro.

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